Con el fin de garantizar el cumplimento de las pensiones de alimentos y articular medidas que sean eficientes para su cobro, el 19 de noviembre entró en vigencia en todo el país el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, creado por la Ley 21.389.
En la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt existen cuatro tribunales de Familia en Puerto Montt, Puerto Varas, Ancud y Castro; y siete tribunales mixtos con competencia en Familia en las comunas de Los Muermos, Calbuco, Maullín, Quinchao, Quellón, Hualaihué y Chaitén, los cuales deberán liquidar mensualmente -y sin solicitud de las partes- las pensiones de alimentos y ordenar al Servicio de Registro Civil y de Identificación que inscriba a la persona deudora en el Registro Nacional de Deudores, de acuerdo a los requisitos legales establecidos.
Así lo explica la jueza presidenta del Juzgado de Familia de Puerto Montt, Claudia Cárdenas Navarro, quien indicó que ingresarán al registro “las personas obligadas judicialmente al pago de una pensión de alimentos que adeuden total o parcialmente, al menos 3 cuotas consecutivas de alimentos provisorios o definitivos, o 5 discontinuas, efectuándose las comunicaciones directamente por el Tribunal según la información de nuestros sistemas informáticos, que cuentan con los datos de lo pagado directamente en las cuentas abiertas exclusivas para estos pagos en el Banco Estado”.
La magistrada agregó que el Tribunal se encuentra trabajando desde agosto en la incorporación de los datos necesarios en cada causa que se requiera, “a fin de entregar a nuestros usuarios y usuarias un servicio más expedito, para lo cual un equipo de 4 funcionarios está dedicado hasta el día de hoy en forma exclusiva, a la revisión de 4.583 causas”.
La ley establece una serie de consecuencias para los deudores incorporados al registro, entre ellas que la municipalidad no dé curso a su solicitud de licencia de conducir; que el Registro Civil no le entregue pasaporte; que se retenga su devolución de impuestos; que se retenga hasta un 50% de los fondos de un crédito que pida por 50 UF o más; que un notario o conservador impida la inscripción de la compraventa de un vehículo o un inmueble; la retención de ciertos beneficios estatales o de remuneraciones, honorarios, ciertas pensiones e indemnizaciones por términos de relación laboral, además del embargo de bienes.
Para la jueza Jacqueline Guerra Vargas, la importancia del registro radica en que “implica para los deudores de pensiones de alimentos que han evadido su responsabilidad parental, sobre todo respeto de sus hijos y que incluso ejercen en alguna medida violencia económica respecto de las madres cuidadoras -porque son aproximadamente el 90% de las representantes legales de los alimentarios sus madres-, que sufran consecuencias legales por estar en este registro”.
La magistrada resaltó que es muy importante para el proceso de la liquidación automatizada, que es la base del Registro, que las personas que son representantes legales de los alimentarios que tengan pensiones que estén fijadas en pesos, presenten una solicitud de conversión de su pensión de alimentos a UTM, a través del Trámite Fácil de la Oficina Judicial Virtual, en el sitio: https://tramitefacil.pjud.cl
“Además, en el Tribunal de Familia Puerto Montt tenemos disponibles unos formularios para que las personas que no tengan acceso a medios tecnológicos o que tengan alguna dificultad en lo digital pueden venir a hacer sus solicitudes. Esto es vital para poder hacer más eficiente el proceso, puesto que las pensiones que no estén en UTM, no van a tener la ventaja de la liquidación automatizada”, precisó.
Finalmente, la jueza Jacqueline Guerra resaltó que “como Tribunal hemos hecho un despliegue importante en términos de capacitación, de poblamiento de nuestros sistemas informáticos, qué son los que van a permitir el funcionamiento de esta nueva institucionalidad en materia de cobro de alimentos, que además se va a complementar en forma posterior con la Ley de Responsabilidad Parental”.
Puerto Varas
La jueza presidenta del Juzgado de Familia de Puerto Varas, Paloma Sepúlveda González, en tanto, manifestó que al entrar en su recta final de implementación la Ley 21.389, con la entrada en vigencia del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, “conlleva un gran desafío para el Tribunal, ya que las liquidaciones de pensión se realizarán mensualmente de oficio y cumplidos los presupuestos señalados se ordenará el ingreso del deudor al Registro, lo que produce adicionalmente una serie de consecuencias para éste en distintos ámbitos”.
Al respecto, añadió que “actualmente proyectamos alrededor de 3.362 liquidaciones mensuales, lo que implica que debemos realizar un trabajo coordinado con la Unidad Centralizada de Cumplimiento de Familia (dependiente de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt)”.
La magistrada indicó, además, que se definió un equipo de trabajo especializado para trabajar en la parametrización de las causas en el Sistema Informático de Tramitación de los Tribunales de Familia (SITFA) para el Registro Nacional de Deudores, “capacitándose respecto a todas las modificaciones que se han realizado al sistema informático de Familia, con la finalidad de adecuar las causas para que las liquidaciones puedan realizarse en forma automática y enrolando al personal para su acceso al Registro Nacional de Deudores. Igualmente, el Comité de Jueces del Tribunal se ha reunido, preparando flujos de trabajo a implementar a contar del viernes 18, considerando que se trata de un procedimiento nuevo”.
La jueza de la comuna lacustre llamó a las usuarias y usuarias a que “utilicen todos los canales actualmente existentes para realizar las consultas pertinentes al Tribunal, tales como Conecta PJUD (https://conecta.pjud.cl), módulos de consulta, atención presencial y telefónica, ya que sin duda la entrada en vigencia de esta Registro implica un cambio profundo en el cumplimiento de los alimentos, estando disponible nuestro equipo de trabajo para orientar a los usuarios y así efectivizar su derecho al acceso a la justicia”.